12 preguntas frecuentes sobre el Kit Digital para pymes

enero 24, 2025

Kit Digital para pymes

El Kit Digital es una iniciativa impulsada en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización de PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España – financiado por la Unión Europea a través de los Fondos Next Generation EU. Este programa tiene como objetivo acelerar la transformación digital de pequeñas empresas, microempresas y autónomos mediante subvenciones diseñadas para implementar herramientas digitales.

En Minerva Tech, participamos asesorando a empresas para que aprovechen al máximo esta oportunidad. Con base en nuestra experiencia, respondemos aquí a las 12 preguntas más frecuentes sobre el Kit Digital:

1. ¿Cuáles son los requisitos para acceder al Kit Digital?

Para ser beneficiario del programa, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser una pequeña empresa (hasta 49 trabajadores), microempresa o autónomo.
  • No estar en situación de crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria o en un censo equivalente.
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente por parte de la Comisión Europea.

Actualización 2024: Ahora también pueden solicitar el Kit Digital las medianas empresas de 50 a 249 empleados, cumpliendo estos mismos requisitos

2. ¿Cómo solicito el Kit Digital?

El proceso es sencillo y 100% online. Debes realizar la solicitud a través de la plataforma oficial Red.es utilizando el certificado digital de tu empresa. En Minerva Tech, te acompañamos en cada paso, desde la preparación de la documentación hasta la solicitud y justificación de las ayudas.

3. ¿Cuánto dinero puedo recibir?

La cuantía del bono digital depende del tamaño de tu empresa:

  • Medianas empresas (100-249 trabajadores): hasta 29.000 €
  • Pymes (50-99 trabajadores): hasta 25.000 €
  • Pymes (10-49 trabajadores): hasta 12.000 €
  • Microempresas (3-9 trabajadores): hasta 6.000 €
  • Autónomos (1-2 trabajadores): hasta 3.000 €

4. ¿En qué puedo invertir el bono digital?

El bono digital permite implementar soluciones de digitalización como:

  • Sitio web y presencia online
  • Comercio electrónico
  • Gestión de redes sociales
  • Ciberseguridad
  • Software de gestión (CRM y ERP)
  • Factura electrónica
  • Inteligencia empresarial (BI)

Novedad: Las medianas empresas tienen acceso a servicios avanzados como ciberseguridad gestionada e inteligencia artificial.

5. ¿Cómo se otorgan las ayudas?

Las ayudas se conceden por orden de solicitud hasta agotar el presupuesto. Es fundamental completar el test de madurez digital en la plataforma Acelera pyme antes de presentar la solicitud.

6. ¿Puedo usar el bono para mejorar un servicio ya existente?

Sí, siempre que la mejora sea funcionalmente significativa. Por ejemplo, actualizar tu sitio web con nuevas funcionalidades o migrar a un software más avanzado.

6. ¿Puedo usar el bono para mejorar un servicio ya existente?

Sí, siempre que la mejora sea funcionalmente significativa. Por ejemplo, actualizar tu sitio web con nuevas funcionalidades o migrar a un software más avanzado.

7. ¿El bono digital cubre la compra de hardware?

No, el programa está enfocado en soluciones de software y servicios digitales. Sin embargo, autónomos con hasta 2 empleados pueden solicitar una ampliación de 1.000 € para adquirir un ordenador o tablet bajo la categoría “Puesto de trabajo seguro”.

8. ¿Se pueden contratar varias soluciones de una misma categoría?

No. Solo se permite una solución por categoría. Sin embargo, puedes contratar múltiples soluciones de diferentes categorías.

9. ¿Qué pasa si la solución supera el importe del bono?

Si el costo excede el límite de la subvención, deberás cubrir la diferencia. Por ejemplo, si desarrollas una tienda online que cuesta 3.000 € y el bono cubre 2.000 €, tú asumes los 1.000 € restantes.

10. ¿Pueden las fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro solicitar la ayuda?

Sí, siempre que cumplan con los criterios de pequeña empresa, microempresa o autónomo según el Reglamento (UE) nº 651/2014.

11. ¿Cómo se cobran las ayudas?

Las ayudas se otorgan en forma de bono digital. Este se abona directamente al Agente Digitalizador tras la justificación de los servicios contratados, por lo que no necesitas adelantar el importe (excepto el IVA).

12. ¿Puedo volver a solicitar el Kit Digital para pymes?

Sólo si no has consumido el bono o si dejaste caducar la solicitud inicial. Si ya has usado parcialmente el bono, debes consumirlo completamente en los 6 meses posteriores a su aprobación.

Published On: 24/01/2025Categories: Kit digital739 wordsViews: 263

¿Alguna idea en mente?

En cumplimiento del deber de informar a los interesados de las circunstancias y condiciones del tratamiento de sus datos y de los derechos que le asisten, ponemos a su disposición la siguiente información.
RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO

LEROY DENIZ PEDREIRA, CIF: Y5919669N, Dir. Postal: IÑIGO DE LOYOLA 17, 7B, CP 20160, LASARTE-ORIA, GIPUZKOA, ESPAÑA

FINALIDAD

Gestionar su consulta/petición y dar una respuesta a la misma.

LEGITIMACIÓN

Su consentimiento

DESTINATARIOS

Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en los que exista una obligación legal o comunicación necesaria para dar contestación a su consulta.

DERECHOS

Puede ejercer sus Derechos a acceder, rectificar, oponerse, limitar, portar y suprimir los datos ante el responsable del tratamiento; además de acudir a la autoridad de control competente (AEPD).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Puede consultar la información adicional sobre el tratamiento de sus datos personales aquí.